viernes, junio 18, 2010

Competencia y Conflicto - Russell Ackoff

Rediseñando el Futuro - Russell Ackoff

Nota sobre la Economía del Mercado Interno
Russell Ackoff

Competencia y Conflicto

Es claro que la economía de mercado interno fomenta la competencia. Por esta razón una de las preguntas más comunes de quienes lo defienden es: No es este tipo de economía la que inicia e incrementa los conflictos entre las partes involucradas en la organización? La respuesta es NO, pero las razones no son las que aparentan. La pregunta está basada en tres comunes y erróneos conceptos, pero no obvios.

Primero, Conflicto y Competencia no son la misma cosa. Los conflictos ocurren cuando incrementos en las chances de lograr un objetivo causan decrementos en las chances de lograr otros. Los dos objetivos, o quiénes los tienen, se dicen en conflicto. Por consiguiente, el conflicto puede ocurrir dentro o entre individuos.

La competencia es el conflicto dentro de la cooperación. Por ejemplo, en un partido de tennis entre dos amigos, ellos entran en conflicto en lo que se refiere a ganar, en cuanto aumenta las posibilidades de uno de ellos de ganar, disminuye las posibilidades de ganar del otro. Sin embargo, tienen un objetivo común de recreo, que se cumple mejor cuanto más intenso es el conflicto entre ellos por ganar. En la competencia económica dos proveedores en competencia están en conflicto con respecto a las ventas a un cliente potencial o participación de mercado, pero ellos están cooperando en lo que respecta a facilitar al cliente un mejor valor por su dinero. Así, el objetivo de cooperación en la competencia puede ser compartido por las partes en conflicto o puede pertenecer a un tercero (por ejemplo, el cliente)

No es de sorprenderse que a menudo la competencia sea definida como conflicto sujeto a ciertas reglas. Las reglas diferencian una pelea callejera de un combate de boxeo. La función de las reglas es asegurar cooperativismo del conflicto en relación con el fin común. En el caso de un combate de boxeo que protege la "sensibilidad "de la audiencia, y no la capacidad física de las partes en conflicto. En el caso de la competencia económica las reglas protegerían los intereses de los clientes y consumidores.




2 comentarios:

Courier dijo...

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Anónimo dijo...

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